Se consideran contratos menores aquellos cuyo importe sea inferior a 40.000 euros en los contratos de obras y 15.000 euros en los restantes.
La adjudicación podrá realizarse directamente a cualquier empresario con capacidad de obrar y que cuente con la habilitación profesional necesaria para realizar la prestación.
Su duración no podrá ser superior a un año y no pueden ser prorrogados. Y tampoco se admite la revisión de precios.
Puede consultar los contratos menores realizados desde que se realiza su tramitación de forma electrónica en la pestaña "contratos menores" del perfil del Contratante del Ayuntamiento de La Solana.
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